Política
Saliendo de la crisis

A vos no te va tan mal, gordito: Guillermo Montenegro tendrá un sueldo nominal de medio millón de pesos

La remuneración nominal de Guillermo Montenegro en el 2021 rondará el medio millón de pesos, es decir, 493.847 pesos.

En el Presupuesto 2021 de Mar del Plata se notificó el cobro de los funcionarios del Ejecutivo y, el sueldo nominal que pasaría a cobrar el jefe comunal, Guillermo Montenegro.

El Ejecutivo elevó al Concejo Deliberante la ordenanza complementaria al proyecto de presupuesto de gastos y recursos para el ejercicio 2021.

Allí, se establece a partir del primero de enero del año entrante en la suma 30.865 pesos, 44 pesos el sueldo básico de la categoría inferior del Grupo Ocupacional Administrativo, para los agentes municipales mayores de 18 años de edad que cumplan el horario de 40 horas semanales de la Administración Municipal.

En este sentido, el sueldo del Intendente está determinado por la Ley Orgánica de las Municipalidades en 16 sueldos básicos mínimos de la escala salarial municipal. Por consiguiente, la remuneración nominal de Guillermo Montenegro en el 2021 rondará el medio millón de pesos. Es decir, 493.847, 04 pesos.

Partiendo de esa base, los Secretarios y los Presidentes de Ente Descentralizados reciben 9 sueldos básicos, es decir que el sueldo nominal ascenderá a 277.788,96 pesos. Cabe aclarar que, en los datos registrados, no se ven los descuentos.

En tanto que los Subsecretarios, Delegados Municipales y Vicepresidente de Entes Descentralizados cobran 7 sueldos básicos. Lo cual equivale a un sueldo nominal de 216.058,08 pesos.

Las remuneraciones nominales del Administrador General de la Agencia de Recaudación Municipal, el Director de Cálculo y Control de Recursos de la Administración Central fijadas en 6 sueldos básicos serán equivalentes a 185.192,64 pesos.

En cuanto al salario nominal de los Directores Generales que perciben 5 sueldos básicos al igual que los concejales y los tres Defensores del Pueblo ascenderá a 154.3272 pesos.

Dieta de los ediles

Otro tema de debate, que está establecido por el artículo 92 inciso “e” de la Ley Orgánica de las Municipalidades bonaerenses, en “hasta 5 meses de sueldo mínimo fijado por el Presupuesto de Gastos para el personal administrativo municipal en las comunas de hasta veinticuatro 24 concejales”.

Esto “será el resultante de considerar el sueldo básico de la categoría inferior en el escalafón administrativo de cada Municipalidad, en su equivalente a 40 horas semanales, incluyendo las bonificaciones o adicionales, inherentes a la categoría inferior, que estén sujetos a aportes previsionales".

"Los concejales tendrán derecho a percibir los siguientes conceptos: la dieta fijada en cada Concejo Deliberante, la bonificación por antigüedad y el sueldo anual complementario todos los cuales estarán sujetos obligatoriamente a aportes y contribuciones previsionales y asistenciales La bonificación por antigüedad que corresponda a cada concejal, se calculará en función del monto total de la dieta determinada para cada Concejo conforme lo establezcan las normas aplicables a los agentes municipales”, detallan.

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